Fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002
Personas físicas (IRPF)
Deducción en cuota íntegra
límite 10% base liquidable
Consultar deducciones adicionales en determinadas comunidades autónomas
- 80%. Hasta 150€ de donación. De los primeros 150€ que dones, te deduces 120€
- 35%. Resto de donaciones a partir de 150€. A partir de los siguientes 150€
- 40%. Resto de donaciones a partir de 150€. Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma cantidad
Personas jurídicas (IS)
Deducción en cuota íntegra
límite 10% base imponible
Si excede el límite se puede aplicar en los 10 ejercicios inmediatos y sucesivos
- 35%.
- 40%. Resto de donaciones a partir de 150€. Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma cantidad
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.