El pasado 18 de junio vino a visitarnos al CAI Marly, una profesora de Derecho Civil de la Universidad de Derecho, para darnos una charla sobre la igualdad entre hombre-mujer a lo largo de la Historia.
Nos contó que antiguamente, la mujer-madre era la que decidía todo y hacía todo en la casa. Era lo más normal. Aun así, podía gastar lo que necesitara ya que, aunque el administrador del dinero era el marido, la que se encargaba de la comida, la ropa y las necesidades diarias para que llegaran al final del mes era la mujer.
No podía gastar todo lo que quisiera porque lo administraba legalmente el marido. Obviamente no trabajaba fuera de casa. La pionera y primera Registradora de la Propiedad lo fue hace 195 años.
Aun así, en familias normales, si no era por la buena administración de las mujeres, la familia no salía adelante.
Hasta 1975 una mujer necesitaba la aprobación y el permiso de su marido para cualquier gestión: sacar dinero del banco, comprar un coche, incluso para hacer una denuncia o asistir a un juicio, aunque fuera como testigo. De su padre hasta los 25 años, hasta el punto de necesitarlo incluso para casarse o para hacerse monja.
Si una mujer heredaba y posteriormente se casaba, la herencia la administraba el marido.
La mujer debía obediencia y sumisión a su marido e ir donde él fuera. Siempre tenían que ir juntos.
Si la mujer marchaba de su casa, el marido podía mandar a la Guardia Civil a buscarla. Se dio el caso de un matrimonio separado (antes que se aprobara el divorcio, en 1981) desde hacía muchos años, con el hijo emigrado a Alemania, en el que el marido no autorizó el pasaporte a su mujer para ir a visitar al hijo.
Una mujer se convertía en apátrida si se casaba en otro país si el marido no quería que adquiriera la nacionalidad y no la amparaba el derecho civil de ese país, p. ej.: si una mujer se casaba con un tailandés y su marido no aprobaba su nacionalidad, no era ni española ni tailandesa.
Antes del Registro Civil, por encima del “Derecho de Nacimiento” estaba el “Derecho Sanguinis” (por el padre), siempre que se inscribiera al niño.
La española que se casara con un francés p.ej., y viviera en España, se convertía en francesa. Las decisiones serias e importantes las tomaba el marido porque era la Patria Potestad. La vida se organizaba con el marido como jefe.
Hasta los años 20, el marido podía pegar a la mujer en Inglaterra. Hace más o menos 125 años ya se eliminó esa ley. A la clase media baja inglesa, les donaban dinero por cada hijo que tenían, y los maridos obligaban a las mujeres a tener un hijo tras otro, hasta juntar 8 o 10 (en España, durante la dictadura, por los acuerdos de la Iglesia y el Estado para reponer la población que murió en la Guerra Civil, las mujeres también eran moralmente obligadas a ello y tenían que cumplir con el “Derecho Marital” quisieran o no). Si el marido era emigrante y su mujer tenía un hijo con un amante el hijo se consideraba con el marido.
Legalmente hace años, estaba permitido que el marido fuera adúltero, y solo se le consideraba adúltero cuando vivía solo con la amante (hoy sería “Pareja de Hecho”), la mujer no: con una sola vez que yaciera con otro hombre, el marido podía matarla. Le condenaban a 6 meses de cárcel que no se cumplían.
Hoy día la Patria Potestad se comparte. También es verdad que se complica más el Derecho. No son poderes como antes, son deberes. Desde 1981, cuando se aprobó el divorcio en España, si un hijo tenía menos de 7 años, se quedaba con la madre.
Hace unos años se dio una solución “intermedia”, la “Custodia Compartida”: el niño se queda en la vivienda familiar y son los padres los que se turnan para pasar los espacios de tiempo con él.
Hoy con la incorporación de la mujer al mundo laboral, se pretende también que exista igualdad en las Pensiones Compensatorias y los Derechos en los divorcios.
También hasta hace poco el niño tenía que llevar el apellido del padre en primer lugar, ahora no.